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Instrucción, 1740-06-28  

    El Rey. Por Quanto por Cedula de primero de diciembre del año passado de mil setecientos y treinta y nueve, que se publicó en esta Corte; está declarada la guerra al Rey Britanico, sus reynos, y subditos ... y assimismo está prohibido el comercio, y trafico à los naturales de aquella nacion con los de estos reynos, y demas dominios de esta Corona ... para que esto tenga debida execucion, y cumplimiento ... se ha formado nuevamente la Instrucción que tengo aprobada ... dada en Buen-Retiro à veinte y ocho de Junio de mil setecientos y quarenta. —  [S.l.] : [s.n.], [s.a.]. — 
    48 p. ; Fol.
    1740. —  Tít. tomado del comienzo y final de texto en p. [1]. —  Copia de la Cédula original firmada por Bernardo Duro del Saz. —  Se ha respetado la puntuación original. —  Tít. de la instrucción: "Instruccion, que su Magestad, a consulta del Consejo de Guerra, tiene resuelto, y mandado se observe por todos los jueces del Contravando, que han de entender en las dependencias del trafico, y Comercio prohibido á la Inglaterra con estos Reynos ...". —  Fecha de imp. ca. 1740 correspondente a la expedición de la Cédula. —  Sign.: [ ]2, B-M2. — 
   1. Contrabando - España - S.XVIII. 2. España - Comercio exterior - S.XVIII - Legislación. 3. Inglaterra - Comercio exterior - S.XVIII - Legislación.  I. España . Rey (1700-1746: Felipe V).  II. Instruccion, que su Magestad, a consulta del Consejo de Guerra, tiene resuelto, y mandado se observe por todos los jueces del contrabando, que han de entender en las dependencias del trafico y comercio prohibido a la Inglaterra con estos Reinos
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