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LDR03081nam 2200325 c 4500
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008180906s1749 sp ||| | spa d
040 $aNA-BGN $bspa $cNA-BGN
080 1 $a27-7(460.16)
080 1 $a336.22(460.16)"17"
080 1 $a27-9(460.16)"17"
091 $bLibros y folletos $cTEXT $lspa
110 2 $aTribunal de la Santa Cruzada
245 10$aNos los Juezes Apostolicos Subdelegados del Tribunal de la Santa Cruzada, y demàs gracias de este Reyno de Navarra ... ante Nos, y en nuestro Tribunal, se presentò por parte del Muy Ilustre Clero, y su Procurdor General la Peticion ... cuyo thenor es como se sigue ... Dionisio Joseph de Huarte, Procurador, ... que por no haverse hecho apeo, y baluacion de las rentas Eclesiasticas contribuyentes al Subsidio ... pidiò el Muy Ilustre Clero ... comision para efectuarlo, y aunque se librò, y se practicaron las debidas diligencias, no se consiguiò el entero descubrimiento, y abriguacion [sic] de todas las Capellanias, Aniversarios, memorias, y otras fundaciones de rentas Eclesiasticas...
260 $a[S.l.] $b[s.n.], $c[s.a.]
300 $a[5] p., [3] en bl. $cFol.
510 4 $aPérez Goyena, $cIII-1890
592 $f1749
594 $aTraslado firmado por Pedro Manuel de Lasala, secretario
594 $aTít. tomado de inicio de texto
594 $aSe ha respetado la puntuación original
594 $aTítulo al final del texto: Provision, para que todos los que posseyeren Rentas Eclesiasticas de este distrito de Pamplona, fundadas desde el año 1728 à esta parte, y las que dexaron, y han dexado de manifestar el apeo, que se mandò hacer el de 1706, y anteriores, que no pagan Subsidio, y Escusado las manifiesten dentro de 30. dias de su publicacion, pena de Excomunion Mayor "latae sententiae", y de doscientos ducados para gastos de Guerra contra Infieles
596 $aLa inicial xil. a principio del texto pertenece a la imprenta de José Joaquín Martínez (Pamplona).
596 $aTexto fechado en Pamplona, 5 de agosto de 1749
597 $aSign.: A2
597 $aInic. grab. xil. al principio del texto
650 7$aBeneficios eclesiásticos $zNavarra
651 7$aNavarra $xHistoria eclesiástica
700 1 $aLasala, Pedro Manuel de
700 1 $aMartínez, José Joaquín, Herederos de
740 0 $aProvisión para que todos los que poseyeren rentas eclesiásticas de este distrito de Pamplona, fundadas desde el año 1728 a esta parte, y las que dejaron, y han dejado de manifestar el apeo, que se mandó hacer el de 1706, y anteriores, que no pagan subsidio, y excusado las manifiesten dentro de 30 dias de su publicación, pena de excomunión mayor "latae sententiae", y de doscientos ducados para gastos de guerra contra infieles.
852 $aNA-BA $j, B-8-C-1/48 $z-- Fondo "Biblioteca de D. José Mª Azcona" $z-- Firma ms. al final del texto del secretario del Tribunal de la Santa Cruzada, Pedro Manuel de Lasala $z-- An. ms. en v. de último fol. "Rípodas" $z-- Sin enc., en carpeta de conservación, cortes sin desbarbar, manchas de humedad, hojas dobladas $9-- Id. 8968
910 $aBinadi201903
RegistroSignaturaUbicaciónEstado
2596600000*00000Gobierno de Navarra - BiNaDiDisponible para préstamo
 

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